Antes de comenzar con el Mola Mil de la semana, vamos a dejar claros algunos conceptos sobre la Publicidad ilícita.
La ley General de Publicidad en España data del 11 de Noviembre de 1988 y su última modificación es en Diciembre del 2009. Entre otros regula la publicidad llamada ilícita.
La Ley General de Publicidad declara ilícita:
- - La publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución, especialmente en lo que se refiere a la infancia, juventud y la mujer.
- - La publicidad subliminal. Se considera publicidad subliminal todo aquel mensaje audiovisual (compuesto por imágenes y sonidos) que se emite por debajo del umbral de percepción consciente y que incita al consumo de un producto. También es aplicable a aquellos mensajes visuales que contienen información que no se puede observar a simple vista, como por ejemplo los anuncios de imagen fija en revistas ilustradas o en carteles.
- - La que infrinja lo dispuesto en la normativa que regule la publicidad de determinados productos, bienes, actividades o servicios.
- - La publicidad engañosa. La publicidad engañosa es aquella que, de cualquier forma -incluida su presentación-, induce o puede inducir a error a sus destinatarios, puede afectar a su comportamiento económico o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor. La ley también entiende por engañosa la publicidad que silencia datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios, siempre que dicha omisión induzca al error a los destinatarios.
- - La publicidad desleal: aquella que por su contenido, forma de presentación o difusión provoca el descrédito, denigración o menosprecio directo o indirecto de una persona, empresa o de sus productos, servicios o actividades.
Después de dejar claro la publicidad ilícita vamos a comentaros unos casos de publicidad ilícita que han sucedido recientemente…
Facebook y Twitter
Las redes sociales Facebook y Twitter han sido incluidas en “la lista de medios a controlar” por la organización (ASA) que regula las campañas de marketing en el Reino Unido. Se podrán retirar campañas publicitarias de estas redes sociales si son vistas como desleales, y es que la organización reguladora ha recibido 4.500 quejas de los usuarios en contra de esta publicidad.
Desde hace casi 3 años la ASA ha registrado más de 4.500 quejas de usuarios sobre campañas de marketing inapropiadas en redes sociales. Las autoridades británicas se han dado cuenta que debían adaptarse a los nuevos formatos de publicidad y, por ello, han confirmado sus nuevas actuaciones. Se procederá a la retirada de campañas de marketing en redes sociales en los casos en los que no acaten las normas establecidas. Los contenidos o las formas de comunicación son algunas de las causas para retirar las campañas.
Bacardí en las vallas publicitarias
Bacardí España ha sido condenada por haber vulnerado la ley antibotellón de la Comunidad de Madrid, puesto que se ha anunciado en unas cuantas vallas publicitarias de la capital. Las vallas publicitarias estaban situadas en el Paseo de la Castellana y en el Paseo de la Habana en Madrid y contenían publicidad sobre la marca de whisky White Label.
“Los magistrados de la Sala de lo Civil del Alto Tribunal, reunida en pleno, han decretado que los anuncios de White Label constituyen una publicidad ilícita y vulneran lo estipulado en la Ley de la Comunidad de Madrid sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos, conocida como la ley antibotellón”.
“La interpretación literal de la norma impide la publicidad de bebidas alcohólicas en lugares donde la venta, el suministro y el consumo esté prohibido, incluyéndose dentro de estos lugares la vía pública”.
Actimel
En cuanto a publicidad engañosa, en el 2009 en el Reino Unido el ASA prohibió un anuncio de Actimel, marca de Danone, por considerar que el mensaje del anuncio era engañoso y atentaba contra los derechos del consumidor. Dicho mensaje era:”Actimel ayuda a mantener las defensas de tus hijos, hecho científicamente probado”, los clientes dudaban de que efectivamente estuviera probado.
Tras realizar una amplia investigación en la que se revisaron los diferentes estudios sobre el producto aportados por Danone, los miembros del ASA indicaron que ninguno de los estudios presentados apoyaba las afirmaciones que en el anuncio televisivo se realizaban. A través del informe del ASA podemos conocer otros detalles que muestran que afirmaciones como la que hemos mencionado, “Actimel ayuda a mantener las defensas de tus hijos, hecho científicamente probado”, no tienen solidez en base a los estudios aportados, con lo que la relación entre Actimel y la publicidad engañosa se afianza. La decisión obligó a no emitir el anuncio hasta que fuera modificado y se ajustase a las directrices marcadas por la Autoridad de Normas Publicitarias.
Movistar
En el año 2008 Movistar fue demanda por FACUA debido a publicidad engañosa en su campaña de megabonos sms.
FACUA denuncio a Movistar porque la oferta decía literalmente “todos los mensajes que quieras por 4€ al mes” sin especificar que solo eran a otros números Movistar y sin especificar que había que añadirle el IVA.
Queremos poner esta campaña porqué fue famosa por ser la sexta campaña de Movistar denunciada por FACUA en el periodo de 12 meses.
Dolce & Gabbana
En el año 2007 en España se dio uno de tantos casos de publicidad que atenta contra la dignidad de la mujer. El Instituto de la Mujer pidió a la firma de moda que retirara la publicidad porque "incitaba a la violencia contra las mujeres". Es sólo una secuencia, pero probablemente la menos afortunada de cuantas se ven en la publicidad televisiva: un hombre sujeta por las muñecas a una mujer postrada en el suelo mientras otros cuatro contemplan la escena.
Este es un caso muy típico en los anuncios del mundo de la moda, otros ejemplos son Calvin Klein, Diesel, Gucci o Puma.
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